Comunicas.- El juez federal Germán Andrés Castelli declaró como delitos de lesa humanidad los delitos cometidos durante el copamiento al cuartel militar de La Tablada.
Se trata de ejecuciones y torturas contra integrantes de la agrupación Movimiento Todos por la Patria (MTP), cuando, el 23 de enero de 1989, atacaron el Regimiento de Infantería ubicado en La Matanza. La Justicia consideró estos delitos como «imprescriptibles».
Además, Castelli ordenó tomar declaración indagatoria a dos militares por su presunta vinculación con el homicidio de Iván Ruiz y de José Alejandro Díaz, dos de los atacantes que habrían sido capturados con vida y posteriormente ejecutados, luego de encontrarse bajo custodia y el control exclusivo de los agentes militares que recuperaron el cuartel.
El magistrado aseguró que los militares «además de cumplir exitosamente la misión encomendada, aprovecharon el extraordinario poder otorgado, el dominio del escenario de los hechos, la estructura y los recursos estatales, para sobrepasar, sigilosamente, el poder presidencial, y así planificar y ejecutar graves violaciones al derecho humanitario internacional, que incluyó dificultar las investigaciones; todo lo cual, además, constituye un crimen de lesa humanidad».
Casación declaró de lesa humanidad la apropiación de hijos de desaparecidos
La Sala II de Cámara Nacional de Casación Penal amplió un fallo del Tribunal Oral Federal 5 que, el 4 de abril del 2008, había condenó a diez años de cárcel al ex capitán Enrique Berthier, y a ocho y siete años a Osvaldo Arturo Rivas y Maria Cristina Gomez Pinto, por anotar como propia a Eugenia Sampallo Barragán, hija de desaparecidos y nacida en cautiverio.
En un fallo dictado el 8 de septiembre último pero conocido recien ahora, los jueces de casación Gustavo Mitchell, Luis García y Guillermo Yacobucci, agregaron al veredicto del TOF 5 contra el militar y el matrimonio el delito de «alteración del estado civil» de la víctima, lo que no había dicho el tribunal compuesto por los jueces Luis Renzi, Andrés Gordo y Ricardo Farías.
Berthier, un ex capitán que entregó a la nena con un cerificado de nacimiento falso firmado por el fallecido medico militar Julio César Cáceres Monier, cumple su pena en el penal de Campo de Mayo, mientras que Rivas y Gomez Pinto siguen en libertad hasta que el fallo quede firme.
El fiscal del juicio Félix Croux y el abogado Tomás Ojea Quintana, abogado de la víctima y querellante, habían pedido para los apropiadores una pena de 25 años de prisión.
Según se dijo en el juicio, la pareja recibió a la nena de solo tres meses de manos de Bethier, luego de que su madre, Mirta Barragán la diera a luz tras su secuestro y traslado junto a su marido Leonardo Sampallo, a los centros clandestinos «Club Atlético» y «El Banco», en diciembre de 1977.
En su fallo, la Sala II de Casación ratificó la extrema gravedad de estos delitos, al considerarlos imprescriptibles.
Con información de La Nación y Página 12
Foto: archivo
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